
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual sirva para reducir las barreras para que se creen entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual de forma que se sustituya la exigencia de autorización administrativa por una declaración responsable y se elimine la obligación de que las entidades de gestión carezcan de ánimo de lucro. La CNMC, en general, valora positivamente la propuesta de reforma, "porque mejora la protección de los derechos de los consumidores y usuarios". No obstante, recomienda revisar algunos aspectos en ambos proyectos.
En este sentido, pide dar mayor libertad a los titulares de los derechos para que determinen el alcance de sus contratos con las entidades de gestión. También apunta que se debe facilitar que los titulares de derechos puedan cambiar de entidad de gestión, al contar con un periodo máximo de permanencia de un año frente a los tres que se exigen actualmente. También propone modificar el plazo de preaviso para que los titulares puedan revocar sus contratos de gestión.
También plantea que se evite posibles abusos de las entidades de gestión a la hora de cumplir los plazos máximos de reparto de los derechos de propiedad intelectual a sus titulares. Además, exige mejorar la tipificación de las infracciones, incluyendo entre las infracciones graves el incumplimiento de aspectos tan relevantes como el reparto de determinados derechos multiterritoriales o las obligaciones de información a los titulares de derechos.
La CNMC apunta que se debe estudiar la posibilidad excepcional de que las infracciones de la normativa de Competencia, en los casos más graves, puedan suponer que las entidades de gestión pierdan su autorización. Además, pide reforzar las capacidades y medios de la Comisión de Propiedad Intelectual.
El Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y sobre el borrador de Código de Conducta para titulares de derechos de propiedad intelectual, operadores de acceso a Internet y servicios de publicidad transpone la Directiva 2014/26/UE. Competencia considera positivo que hace que la actuación de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual sea más transparente y, además, regula las licencias multiterritoriales, para impulsar la competitividad del repertorio musical español, y facilita el acceso a los contenidos musicales españoles en las plataformas digitales legales que operan en los Estados miembros de la Unión Europea.
En todo caso, la CNMC recuerda que en materia de derechos de propiedad intelectual hay poca competencia, ya que las entidades que gestionan los derechos de propiedad intelectual operan en un mercado "casi monopolístico" en el que es muy complicado que intervengan nuevas entidades.
De tomarse en consideración las porpuestas de la CNMC, empresas privadas podrían entrar a gestionar los derechos de autor. Con la normativa actual, esta prerrogativa sólo la tienen las entidades de gestión autorizadas por la Administración. Hace unos meses,Competencia actuó contra la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por ejercer un posible monopolio en las tarifas que impone en la música que suena en los bares y hoteles. Este mismo organismo ya sancionó en 2015 a la SGAE con una multa de 3,1 millones por realizar esta misma práctica en los conciertos de música en directo.