
Con el trascurso del primer mes del año 2025, son muchas las personas que se preguntan por el ingreso de las becas MEC, que ya se solicitaron durante el año 2024 y que, ahora, muchas de ellas siguen pendientes de cobro por parte de los estudiantes interesados que cumplan con los requisitos.
Concretamente, la resolución de las becas MEC es un trámite que puede tardar varios meses en resolverse. De hecho, las cuantías se ingresan de forma progresiva entre los diferentes estudiantes, por lo que puede ser que un compañero ya haya cobrado la totalidad de su beca y otro aún esté pendiente de cobro.
En las becas 2024-2025, lo normal es que se empiecen a ingresar en un periodo de varios meses que comienza en octubre de 2024 y se alarga hasta el mes de abril de 2025, aproximadamente, que es cuando se ingresan las últimas becas y cuando pasa al estado 'Abonada'.
En los casos en los que los alumnos hayan ingresado ya su beca, su estado en el portal oficial cambiará de 'Resuelta' o 'Concedida' a 'Abonada'. Así, el estado 'Resuelta' no quiere decir que ya se haya ingresado, sino que está pendiente de ingreso. Lo normal es que no tarde más de mes y medio desde que aparece el estado 'Resuelta', ya que este indica que la resolución ha sido positiva y se va a cobrar.
Cuantía fija y variable de las becas MEC
Estas ayudas gubernamentales para estudiantes varían en su cuantía dependiendo de la situación de cada estudiante y el tipo de estudios que se cursen. La primera división se hace entre las becas para estudios universitarios (grado y máster) y, por otro lado, los no universitarios (Bachillerato, FP...).
En el caso de las ayudas para estudios universitarios, las cuantías constan de una cantidad fija, con la que se puede conseguir, en caso de cumplir todos los requisitos:
- Beca matrícula: Comprenderá el importe de los créditos de los que te matricules por primera vez
- Por renta familiar: 1.700 euros
- Por cambio de residencia durante el curso escolar: 2.500 euros
- Por excelencia académica: 50-125 euros
Tras esta cantidad fija, se puede conseguir también una cantidad variable, que básicamente es el reparto del importe que ha sobrado del presupuesto total: "Esto lo hacemos mediante una fórmula matemática de reparto que pondera, es decir, que mide, la nota media de tu expediente y tu renta per cápita familiar", indican desde el Gobierno.
En cualquier caso, la cuantía variable será la mínima (60 €) si te matriculas de un número de créditos comprendido entre 30 y 59, si cursas únicamente un Trabajo Fin de Grado o Fin de Máster que no sean una asignatura más del Plan de Estudios o si estudias acceso a la universidad para mayores de 25 años.
En el caso de los estudios no universitarios, como Bachillerato o FP, también hay una cuantía fija, que tiene los siguientes componentes, dependiendo de los requisitos a cumplir:
- Básica: 300 euros
- Por renta familiar: 1.700 euros
- Por cambio de residencia durante el curso escolar: 2.500 euros
- Por excelencia académica: 50-125 euros
Con la cuantía variable sucede exactamente lo mismo que en el caso anterior, ya que se reparte el importe que ha sobrado del presupuesto total. En cualquier caso, la cuantía variable será de 60 euros (mínima) si solicitas la beca para idiomas en la Escuela Oficial de Idiomas, para formación Profesional de Grado Básico o para acceso a la universidad mayores de 25 años
¿Qué pasa con la beca si suspendo asignaturas?
Los estudiantes que quieran cobrar la beca MEC deberán cumplir con una serie de obligaciones. En el caso de los estudiantes universitarios, deben superar un porcentaje de créditos matriculados, por lo que si suspenden muchas asignaturas, pueden perder parcial o totalmente la beca. Así, está considerado que los alumnos no cumplen sus obligaciones si:
- Anulan la matrícula
- No superan el 50% de los créditos matriculados en convocatoria ordinaria o extraordinaria. Este porcentaje será del 40% en las ramas de ciencias y enseñanzas técnicas.
- Se dan de baja en el centro de estudios durante el curso.
- No presentan el proyecto de fin de carrera, que no constituya una asignatura del Plan de Estudios, en el plazo de dos años desde la fecha de resolución de la beca.
"En estos casos, tendrás que devolver toda la cantidad de dinero que hayas recibido de la beca, salvo si es por no haber superado el porcentaje exigido de créditos (50 o 40%). En este caso, no deberás devolver el importe de la matrícula", se indica.
En el caso de los estudiantes no universitarios, también se contemplan las obligaciones cuyo incumplimiento desencadena en la retirada de la cuantía de la becas. Así, tendrás que devolver toda la cantidad que hayas recibido si:
- Te das de baja en el centro de estudios durante el curso.
- No asistes al 80% de las horas lectivas, salvo excepciones.
- No superas el 50% de las asignaturas, los créditos matriculados o las horas matriculadas en convocatoria ordinaria o extraordinaria.
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