La Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de Madrid (FesMC), encuadrada dentro de la Unión General de Trabajadores (UGT), se enfrenta a siete denuncias ante la Inspección de Trabajo por un "incumplimiento básico de la normativa laboral" y vulnerar, entre otras cosas, supuestamente la libertad sindical. De acuerdo a la documentación a la que ha tenido acceso este periódico, un conjunto de delegados del organismo denuncian que el sindicato no cumple con las normas en materia de prevención y ni si quiera tiene algún protocolo de riesgos psicosociales y laborales, contraviniendo así la obligatoriedad recogida en la legislación.
La Inspección de Trabajo certificó, por ejemplo, que el sindicato "no cuenta con una evaluación de riesgos psicosociales", tal y como establece la normativa, y fijó una fecha de cumplimiento, que posteriormente fue alargada. Los denunciantes, sin embargo, insisten en que, pese a la solicitud del inspector, el sindicato no ha adoptado aún ningún tipo de cambio. En paralelo, los delegados interpusieron otra denuncia por la falta de un protocolo de acoso moral, cuya resolución de la inspección –según la parte denunciante– fue errónea al confundir este protocolo con el de acoso sexual.
El inspector en este sentido advirtió a la organización de que en caso de no cumplir con las medidas que dispone la ley, se procedería a la sanción reglamentaria. Otros de los asuntos denunciados por este grupo de delegados recogen desde despidos improcedentes de trabajadores con discapacidad hasta demandas por represalias y amenazas por parte del sindicato. De hecho, uno de los delegados asegura que por ser "molestos" en tanto que han presentado estas irregularidades al organismo inspector, la dirección decidió convocar elecciones sindicales, cuando tan solo llevaban un año de mandato, con el objetivo de apartarles de la representación.
En las denuncias se apunta, de hecho, a una "violación continuada de los derechos laborales de los trabajadores" y supuestas represalias contra los denunciantes. Y es que, de acuerdo al testimonio de los delegados, el sindicato nunca ha evaluado la carga de trabajo de los compañeros ni la salud laboral de los mismos, pese a la insistencia de este grupo de realizarlo.
La normativa
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece, entre otras cosas, que las empresas y organizaciones tiene la obligación de aplicar medidas y desarrollar las actividades necesarias para prevenir los posibles riesgos laborales que pueden derivarse de la propia actividad operativa o que, al menos, se realice una evaluación de esos riesgos. Los denunciantes han recurrido las resoluciones de la Inspección de Trabajo ante el archivo de las denuncias interpuestas y de hecho han demandado al sindicato por vulnerar su derecho de libertad sindical. Mientras tanto, esperan a la celebración del juicio que tendrá lugar este mes de marzo.
Estos delegados solicitaron además información económica de la organización y los contratos mercantiles firmados con otras entidades, como el que el sindicato mantiene con la sociedad Civex por la prestación de servicios de asesoría jurídica al sospechar que pudiese haber irregularidades en el mismo, algo que UGT habría rechazado facilitar. Los denunciantes consideran que la Inspección no está haciendo todo lo suficiente y ha decidido presentar además a una queja ante el Defensor del Pueblo por la falta de actuación hasta ahora de la misma.