
Pymes y micropymes tienen hasta la próxima semana para aplicar los nuevos tipos reducidos en el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. La fecha límite para presentar la declaración de este pago adelantado es el 21 de abril en los municipios en los que el Lunes de Pascua no sea festivo y el 22 de abril, en los que ese lunes sí sea festivo.
Por primera vez, en este pago fraccionado del mes de abril, que corresponde a la actividad de enero, febrero y marzo de 2025, las pymes (empresas con una facturación de entre 1 millón y 10 millones de euros) y las microempresas (con unos ingresos inferiores al millón de euros) podrán aplicar los nuevos tipos reducidos aprobados el pasado mes de diciembre y en vigor desde este 1 de enero.
Concretamente, la reforma fiscal del Ejecutivo aprobó una rebaja gradual en los próximos cinco años del tipo para pymes de modo que pasa del 25% que tenía en 2024; al 24% para este 2025; el 23% para 2026; el 22% para 2027; el 21% para 2028; y el 20% para 2029.
En el caso de las micropymes, el tipo estaba situado en el 23% el año pasado. Sin embargo, para este 2025 tributarán los primeros 50.000 euros de beneficios al 21% y el exceso, al 22%. En 2026; pagarán un tipo del 19% por los primeros 50.000 euros; y otro del 21% por el exceso. Finalmente, en 2027, aplicarán el 17% a los primeros 50.000 euros y el 20% al exceso.
Los obligados a presentar los pagos fraccionados son aquellas empresas con una facturación superior a los 6 millones de euros en 2024 o las que hayan obtenido ganancias. Sin embargo, no todas aplicarán los nuevos tipos. Las empresas con una facturación inferior a los 6 millones pueden optar voluntariamente por calcular la base imponible del pago fraccionado bien sobre el método por cálculo de cuota, es decir, se basan en los resultados del año anterior para estimar el pago de este primer trimestre; o bien por el cálculo real, es decir, lo obtenido por los resultados de enero, febrero y marzo de este 2025.
Aquellos que usen el primer método continuarán pudiendo aplicar el tipo del 18%; los que opten por el cálculo real serán quienes por primera vez puedan aplicar esta rebaja en el tipo de Sociedades. Por tanto, los interesados deberán hacer cálculos para conocer qué método les conviene. Aunque esta decisión ya tuvieron que tomarla antes del 28 de febrero, puesto que el 1 de abril y hasta el 21 o 22 de abril, según el municipio, comenzó la campaña del pago fraccionado del primer trimestre.
No obstante, en la liquidación del Impuesto de Sociedades de todo 2025, que se llevará a cabo en julio de 2026, ya sí todas las pymes y micropymes podrán beneficiarse de la reducción de tipos.
Esta bajada de tipos para las empresas más pequeñas forma parte del pacto del PSOE con Junts para gobernar. La previsión es que pymes y microempresas logren un ahorro de hasta 9.500 millones de euros en el pago del impuesto sobre Sociedades en los próximos años.
Cabe destacar que estas modificaciones no afectan a las compañías patrimoniales, aquellas que tienen más de un 50% de sus activos no sujetos a una actividad económica. Es decir, por ejemplo, si una sociedad está compuesta por inmuebles y más de la mitad no están destinados al alquiler o a actividad alguna. Estas firmas seguirán tributando por el tipo genérico del 25%.
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