
Una de las demandas que la industria de inversión ha estado impulsando en los últimos años por fin se ha hecho realidad formalmente. Ayer apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, que recoge la posibilidad de que los inversores particulares puedan colocar su dinero en fondos de capital riesgo españoles por un importe mínimo inicial de 10.000 euros, siempre que esta cantidad no represente más del 10% de su patrimonio financiero, que no debe exceder del medio millón de euros. Además, esta inversión será consecuencia de una "recomendación personalizada" realizada por un intermediario que les preste este servicio, según la norma.
Esta posibilidad no invalida que la inversión para este tipo de fondos siga siendo de 100.000 euros como mínimo, pero abre la veda a la comercialización de estos productos a un rango de cliente con menor patrimonio del que habitualmente va dirigido. Según los últimos datos de SpainCap, la asociación que agrupa a las gestoras de private equity y venture capital, los family offices acapararon el 26% de los 2.961 millones captados el año pasado en España, mayoritariamente de clientes nacionales.
La posibilidad de obtener rentabilidades de doble dígito en un período de diez años habitualmente, en los vehículos más arriegados como son los de capital privado, a cambio de no poder disponer del patrimonio invertido hasta la fecha de vencimiento de la inversión, siempre ha sido un potente argumento de venta, sobre todo durante los últimos años en los que los bajos tipos de interés obligaban a buscar alternativas a los inversores conservadores. Y este tipo de esquema se asemeja mucho a una inversión inmobiliaria a la que suelen estar acostumbrados este tipo de clientes.
De hecho, han proliferado los fondos y los fondos de fondos de capital riesgo, concepto que incluye desde los puros de private equity a los de deuda privada, pasando por los de infraestructuras o los que invierten en aviones, por ejemplo.
El sector venía reclamando una reducción de la aportación mínima para poder "democratizar la inversión", como aseguraban las firmas, y poder llegar a los clientes con un patrimonio más reducido dentro de la banca privada, ya que lo normal en este tipo de productos es que se exijan inversiones elevadas, por encima de los tres millones de euros habitualmente. Y al poder comercializarlos por 10.000 euros bajo asesoramiento se facilita su venta a las entidades financieras entre una masa más amplia de clientes.