
Una de las dudas más frecuentes al volante independientemente de nuestra experiencia al volante, es a qué velocidad exacta me multarán en cada radar, y qué grupos de sanciones hay cuando sobrepaso el límite, es decir, si voy a 10, 20, 30 o más kilómetros por hora, conocer a que sanción me expongo tanto en radares fijos, como móviles, de tramo o incluso si nos detecta el famoso helicóptero Pegasus. En este artículo te traemos la guía definitiva con todo lo que necesitas saber sobre ello.
En primer lugar hay que explicar las diferentes sanciones a las que se enfrenta uno por exceder el límite de velocidad. Por un lado están las multas económicas, donde únicamente se aplicará un pago como castigo por ir más rápido de lo que establece la vía.
Por otro lado están las sanciones de puntos, a las que también se aplica una multa económica, y que acarrearán la perdida de entre 2 y 5 puntos, e incluso la retirada del carnet en función de la velocidad a la que se circule, lo que puede llegar a ser delito y acarrear penas de cárcel si superamos cierta velocidad.
Margen de error en los radares
A estas sanciones cabe sumarle que, al haber un pequeño margen de error en los radares, la velocidad estipulada permite unos kilómetros más de lo estipulado, concretamente los siguientes:
Radares fijos: +5 km/h en radares de menos de 100 km/h y de un 5% en los de más de 100 km/h. Esto quiere decir que en los de 20, 30, 40, 50, 60, 70, 80 y 90 se multará a partir de 5 km/h más del límite, mientras que en los de 100, 110 y 120 se multará a partir de 105, 115 y 126 km/h.
Radares móviles: +7 km/h en radares de menos de 100 km/h y de un 7% en los de más de 100 km/h. Esto quiere decir que en los de 20, 30, 40, 50, 60, 70, 80 y 90 se multará a partir de 7 km/h más del límite, mientras que en los de 100, 110 y 120 se multará a partir de 107, 117 y 128 km/h.
Radares de tramo: +3 km/h en radares de menos de 100 km/h y de un 3% en los de más de 100 km/h. Esto quiere decir que en los de 20, 30, 40, 50, 60, 70, 80 y 90 se multará a partir de 3 km/h más del límite, mientras que en los de 100, 110 y 120 se multará a partir de 103, 113 y 123 km/h.
Pegasus: un 5% de margen en todas las velocidades. Esto quiere decir que en los de 20 será a 21, en los de 30 a 31, en los de 40 a 42, en los de 50 a 52, en los de 60 a 63, en los de 70 a 73, en los de 80 a 84, en los de 90 a 95, en los de 100 a 105, en los de 110 a 115 y en los de 120 a 116 se multará a partir de 103, 113 y 126 km/h.
Multas en cada límite de velocidad
En el caso de las zonas limitadas a 20 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 21 y 40 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 41 y 50 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 51 y 60 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 61 y 70 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 71 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 30 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 31 y 50 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 51 y 60 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 61 y 70 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 71 y 80 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 81 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 40 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 41 y 60 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 61 y 70 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 71 y 80 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 81 y 90 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 91 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 50 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 51 y 70 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 71 y 80 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 81 y 90 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 91 y 100 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 101 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 60 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 61 y 90 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 91 y 110 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 111 y 120 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 121 y 130 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 131 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 70 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 71 y 110 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 101 y 120 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 121 y 130 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 1311 y 140 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 141 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 80 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 81 y 110 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 111 y 130 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 131 y 140 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 141 y 150 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 151 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 90 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 91 y 120 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 121 y 140 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 141 y 150 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 151 y 160 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 161 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 100 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 101 y 130 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 131 y 150 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 151 y 160 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 161 y 170 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 171 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 110 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 111 y 140 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 141 y 160 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 161 y 170 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 171 y 180 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 181 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
En el caso de las zonas limitadas a 120 km/h, las multas son las siguientes:
- Entre 121 y 150 km/h: 100 euros de sanción.
- Entre 151 y 170 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Entre 171 y 180 km/h: 400 euros y 4 puntos del carnet.
- Entre 181 y 190 km/h: 500 euros y 6 puntos del carnet.
- A más de 191 km/h: 600 euros y 6 puntos del carnet.
Vía Penal y consecuencias
Los grandes excesos de velocidad, además de multa económica y la retirada provisional o definitiva del carnet, así como la pérdida de puntos, puede llegar a acarrear penas de cárcel sí:
Delito si se supera la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas, recogido en el artículo 379 del Código Penal.
Esto puede provocar prisión de 3 a 6 meses o multas de 6 a 12 meses, así como trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. A esto se suma la retirada del carnet y la prohibición de conducir cualquier vehículo en un período de entre 1 y 4 años.