Transportes y Turismo

Denuncian a unos apartamentos turísticos en Valencia por limitar el 'check-in' a mayores de 30 años

Apartamentos turísticos en bajos en Valencia.
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¿Se puede limitar un trámite para acceder a un servicio de alojamiento a quienes tienen menos de 30 años o a otros tramos de edad que no sean los marcados legalmente para los menores? Unos apartamentos turísticos de la ciudad de Valencia han incluido tener al menos esa edad para realizar el 'check-in', algo que ha conllevado la reacción de la asociación de consumidores Facua Comunidad Valenciana.

Según ha comunicado Facua Comunidad Valenciana, la organización de consumidores ha denunciado ante la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo a los apartamentos turísticos Down Town de Valencia por restringir a 30 años la edad mínima para poder hacer el 'check-in'.

La asociación explica que ha comprobado que este alojamiento de Valencia, a través de su anuncio en el portal Booking, establece entre sus "normas de la casa" una restricción que se basa única y exclusivamente en la edad para poder realizar el registro de entrada y acceder al mismo.

Según Facua, "el check-in es un paso obligatorio que todos los usuarios deben de hacer antes de disfrutar del servicio de hospedaje contratado, bien sea un hotel, un hostal o un apartamento turístico. De este modo, que Down Town imponga una edad mínima superior a la mayoría de edad para poder hacer este trámite carece de sentido alguno, ya que supone una discriminación hacia las personas con edad comprendida entre los 18 y los 29 años".

Los argumentos

La asociación cita el artículo 5 del Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, por el que se regula el alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. En él se establece que "el acceso a los establecimientos de alojamiento turístico es libre para quienes hayan contratado los servicios, sin que pueda discriminarse por razón de sexo, nacionalidad, origen racial o étnico, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, grupo familiar, desarrollo sexual, diversidad funcional o discapacidad, religión o creencias, ideas políticas, pobreza, lengua, cultura, enfermedad, estética, cuerpo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

En esa línea incluso apela al artículo 12 de la Constitución Española, que señala que "los españoles son mayores de edad a los dieciocho años" y el artículo 246 del Código Civil deja claro que los mayores de edad pueden "realizar todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código". Para Facua "no tiene ningún fundamento hacer dicha limitación a las personas con edades comprendidas entre los 18 y los 29 años".

La asociación de consumidores espera que la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo abra un expediente sancionador contra estos apartamentos turísticos al entender que con dicha discriminación por edad se están vulnerando los derechos de los potenciales huéspedes.

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