
Es una de las preguntas más comunes cuando una persona está cerca de la edad ordinaria de jubilación: ¿con cuánta pensión podré jubilarme? La respuesta será clave para el trabajador, ya que la cuantía de esa pensión a la que tiene derecho será su principal fuente de recursos, mes a mes hasta el final de su vida.
No hay una respuesta única a la pregunta acerca de la cuantía de la pensión de jubilación. Todo depende de las condiciones del trabajador: tanto sus años cotizados como la cuantía de las bases de cotización por las que cotizó mientras trabajaba. Por lo tanto, no solo se trata de una cuestión cuantitativa, también es cualitativa.
Además, el método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social ha ido evolucionando (y evoluciona, de hecho) con el paso de años debido a los efectos de la reforma de las pensiones de 2011, que estableció un calendario progresivo en el que de forma anual se elevan los requisitos para tener derecho a una pensión de jubilación.
Así, una persona con 30 años cotizados no tiene derecho a la misma cuantía de pensión en 2023 que en 2015. Es por eso que, año tras año, conviene recordar cómo se calculan las pensiones de jubilación.
Cómo calcular la base reguladora de una pensión de jubilación
En primer lugar hay que calcular la base reguladora del trabajador, la cifra de referencia para el cálculo de las pensiones contributivas de la Seguridad Social. En el caso de la pensión de jubilación es el resultado de sumar las bases de cotización de los 25 años anteriores (300 bases) y dividirlas entre 350.
Para el cálculo de esta base reguladora la Seguridad Social aplica un coeficiente a las bases de cotización de todos los meses salvo los de los dos últimos años. Esto tiene el objetivo de reflejar en las mismas el efecto de la inflación: no es igual una base de cotización de 1.500 euros mensuales en 2015 que en 2023.
Además, algunos trabajadores podrán aliviar el impacto de las ausencias de cotización en determinados periodos gracias a la integración de lagunas, un mecanismo que permite rellenar con bases ficticias de cotización los periodos sin cotizar: con el 100% de la base mínima vigente los primeros 48 meses y con el 50% de esa base a partir del mes 49. Esta ayuda no es válida para trabajadores autónomos o empleadas de hogar.
Una vez se ha hallado el valor de la base reguladora hay que conocer cuál es el porcentaje de la base reguladora a la que el trabajador tiene derecho. Esto depende de los años y meses cotizados por el trabajador: a más tiempo cotizado, más porcentaje de la base reguladora que formará la pensión de jubilación.
A qué porcentaje de la base reguladora tienes derecho
El porcentaje mínimo de base reguladora que se puede percibir en una pensión de jubilación es del 50%, el que se destina a las personas que han cotizado 15 años. Si con ese 50% su pensión queda por debajo de la cuantía mínima que le corresponde (estas son las cuantías mínimas para 2023) se podrá completar hasta ese importe con la aplicación del complemento por mínimos.
Si el ciudadano ha cotizado más de 15 años irá garantizándose mayores porcentajes de la base reguladora:
-Por cada uno de los siguientes 49 meses tendrá un 0,21% adicional de la base reguladora.
-Por cada uno de los siguientes 209 meses tendrá un 0,19% adicional de la base reguladora.
Cuándo se cobra el 100% de la pensión de jubilación
Así, solo las personas que hayan acreditado una cotización de al menos 36 años y medio podrán cobrar el 100% de la base reguladora, lo que se conoce de forma coloquial como 'el 100% de la pensión'.
Tener derecho al 100% de la base reguladora no implica necesariamente tener derecho a una pensión de jubilación de gran cuantía: solo quiere decir que el ciudadano tiene derecho a la pensión máxima que le corresponde por sus cotizaciones previas a la Seguridad Social.
Con todo, el ciudadano debe saber que la cuantía de las pensiones de jubilación (y las del resto del catálogo de pensiones contributivas) está topada por la ley. Así, existe una cuantía máxima de las pensiones que en 2023 es de 3.058,81 euros mensuales y 42.823,34 euros anuales, tal y como se recoge en el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado).